miércoles, 8 de mayo de 2013

LA DESIMPUTACIÓN DE LA INFANTA

La desimputación de la Infanta Cristina vuelve a reclamar las primeras atenciones en todos los diarios, como en su día lo que la noticia de la imputación reclamada por el juez Castro. ¿Se verá sentada en el banquillo? Hay división de opiniones... El País: Los jueces dejan en suspenso la imputación de la infanta Cristina. La Audiencia de Mallorca anula de momento la citación de la hija del Rey, pero abre la puerta a su implicación por delito fiscal y blanqueo. El Mundo: Desimputan a la Infanta, pero ven en ella posible delito fiscal. Lña Auduencia de Palma descarta el tráfico de in fluencias pero abre la puerta a que Castro la impute por defraudar a Hacienda y por blanqueo. De la sorpresa, al máximo respeto, reacción de la Casa Real. ABC: La Infanta no tendrá que declarar. La Audiencia tumba los argumentos del juez Castro por débiles, inconsistentes y equívocos, y anula la imputación a doña Cristina La Vanguardia: La Audiencia suspende la imputación de la Infanta. El tribunal cierra la puerta a la citación de doña Cristina por cooperación con el caso Noos. La resolución apremia al juez de Palma a investigar un posible delito fiscal El Periódico: Salvada. La Audiencia de Palma revoca la imputación de la Inrfanta Cristina mientras se investiga el delito fiscal. Celeridad judicial... La Razón: La Infanta Cristina ya no está imputada. La Audiuenbcia de Palma deja sin efecto la decisión del juez Castro al ver los indicios débiles e inconsistentes y equívocos. La Sala pide que Hacienda aclare si participó en el presunto fraude fiscal de Aizoon y exige al juez que frene el goteo de correos de Torres La Gaceta: Desimputada. La Audiencia de Palma sostiene que no hay indicios de que la Infanta Cristina participara en el plan criminal de su marido., El auto ordena también una investigación para averiguar si hubo delito fiscal y de blanqueo de dinero La Voz de Galicia: la Audiencia de Palma suspende la imputación de la Infanta Cristina El Economista: La Audiencia ve delito fiscal en la Infanta, pero anula la imputación Otras cuestiones judiciales El País: La policía detalla la financiación ilegal del PP en el Caso Bárcenas. Fraccionaron ingresos de donaciones que excedían el límite legal - El Mundo: La UDEF vincula donaciones al PP con las obras públicas. Las aportaciones se concentraban cuando había más contratos. Pide investigar la etapa del marido de Cospedal en Metrovacesa ABC: Interior desautoriza a la UDEF por vincular donaciones al PP con adjudicaciones La Razón;: El coladero de la ley del aborto: Aborta porquer está en paro y su novio bebe La Voz de Galicia: 10 donantes del PP recibieron 12.000 millones en contratos públicos. La policía confirma que Bárcenas dividía las aportaciones que excedían el límite legal y las convertía en anónimas El Economista: 12.000 millones en contratos para empresas que donaron al PP La Voz de Galicia: Sólo la banca española está dispuesta a dar más dinero a Pescanova, cuyo tercer accionista anuncia que denunciará a Fernández de Sousa Expansión: El tercer accionista de Pescanova lleva a Sousa a los tribunales Cinco Días: La banca española dará más fondos a Pescanova si detalla su destino El Economista: El juez Ruz solicita a la Fiscalía investigar a Sousa en Pescanova. Busca indicios delictivos en la gestión La banda ETA ABC: La hermana de Ordóñez, una de sus víctimas, dice: Estamos indignados. Tres días de permiso para el etarra Lasarte, condenado por siete asesinatos. Desmantelan la logística de ETA con una redada en Francia La Razón: Demantelada en Francia la red de ETA que mantenía la operatividad de la banda La Razón: La Audiencia da un permiso al asesino de Ordóñez porque se ocupa de las víctimas La Gaceta: Detenidos en Francia seis etarras del aparato logístico. Los expertos antiterroristas temen un rearme de la banda Informaciones económicas El País: La emigración española hacia Alemania sube al nivel de 1973 El Mundo: El IRPF recauda lomismo que en 2008, pero con tres millones de empleos menos ABC: Rajoy confirma que las autonomías tendrán un déficit a la carta La Vanguardia: Rajoy deja claro a sus barones que habrá déficit asimétrico La Gaceta: Lo que hay detrás en el debate entre Aguirre y Montoro. Muestra que el PP no tiene doctrina en materia económica y fiscal El Periódico: España tiene el doble de economía sumergida que Francia. El 19 por 100 del PIB español, 201.000 millones, se escapa del pago de impuestos El Periódico: Las renuncias a las herencias se disparan. El miedo a las deudas y las tasas disuaden de aceptar las propiedades La Voz de Galicia: Unos 11.000 empleos de la conserva gallega peligran por el pacto UE-Thailandia. La Industria pide al Gobierno que los transformados de atún se excluyan del acuerdo que comienza a negociarse este mes Expansión: ACS vende sus aeropuertos y se dispara un 8 por 100 en bolsa. Su filial Hochetief traspasa los activos al fondo canadiense PSP por 1.100 millones Expansión. Antonio Basagoiti abandona la política y se va a Méjico para trabajar en Santander Expansión: Bruselas facilitará la apertura de cuentas en oytros países europeos Expansión: linde cifra en 88.000 millones los créditos refinanciadops sin provisionar Expansión: La reforma eléctrica pasa favctiura a los beneficios de Erndesa Expansión: La Justicia avala la fusión de empresas en concurso Cinco Días: Linde pide crfédito. Reclama a la banca financiación para las empresas rentables. El sector desestima el 70 por 100 de los préstamos solicitados. Avisa de un aumento de la morosidad que no impacftará sobre el capiutal. La crisis duplicará la concentración bancaria en España Cinco Días: cerveza, vino e hidrocarburos se libran del alza fiscal. Hacienda ultima las subidas de impuestos al tabaco y destinados Cinco Días: El líder de EEUU en renovables se plantea abandonar España Cinco Días Endesa propone que el Estado asuma el coste financiero del déficit de tarifa El Economista: Montoro quitará a las empresas deducciones por invertir fuera. También reducirá las generadas por refinanciar deuda o comprar firmas en pérdidas El Economista. Aguirre afirma que Montoro le falta convicción para bajar impuestos El Economista: Linde prevé más dificultades para la banca y aún menos crédito El Economista. El Dow Jones marca su récord histórico y supera los 15.000 puntos El Economista. Portugal vuelve a emitir deuda por priemra vez desde el rescate Cataluña La Gaceta: El pancatalanismo que manipula a niños en Baleares recibe subvenciones. El sindicato denunciado por promover el adoctrinamiento percibe ayudas de 180.000 euros La Razón: Rel TC suspenderá la declaración soberanista de Mas El Economista. Oriol Junquer vas: El mercaod castigará a España su deja caer a Cataluña Una década secuestradas El País:Soy Amanda Berry: Fui secuestrada hace diez años, ayúdenme. Tres detenidos en Cleveland por tener encerradas a tres mujeres una década ABC: Liberan en EEUU a tres chicas tras una década secuestradas El Mundo: Amanda a la policía: Ay´çudemnme, llevo diez años secuestrada La Vanguardia. El fin de un secuestro que duró una década. Tres mujeres de Ohio escapan de sus raptires, tres hermanos que han sido detenidos - El Periódico: Una década secuestradas. Termina el calvario de tres adolescentes en Cleveland La Razón: Los monstruos de Vleveland; detenidos por secuestrar, violar y golpear durante diez años a tres jóvenes La Voz de Galicia: Rescatadas en Cleveland gtres chicas secuestradas hace diez años por tres hermanos También de fuera El País: La UE teme la avalancha de nuevos partidos eurófobos La desimputación Señala El País que la Audiencia de Palma de Mallorca dejó este martes en suspenso la imputación de la infanta Cristina que decidió el pasado 3 de abril el juez José Castro, quien sostenía que había indicios suficientes de que la hija del Rey había cooperado con su marido, Iñaki Urdangarin, en delitos fiscales, de fraude a la Administración y malversación de caudales públicos a través del Instituto Nóos.La resolución judicial cierra la puerta a la imputación de la Infanta por cooperación o complicidad con el delito presuntamente cometido por su marido, al considerar que no hay indicios de que conociera que los negocios de Urdangarin eran ilegales. Pero el mismo auto judicial abre la vía para reactivar la imputación de la hija del Rey por delito fiscal. La Audiencia de Palma le dice al juez Castro que pida aclaraciones a la Agencia Tributaria sobre la participación de la infanta Cristina en los beneficios conseguidos por la sociedad Aizóon, propiedad de Urdangarin y de la hija del Rey al 50%. Aizóon, según la Agencia Tributaria, era una “sociedad pantalla con finalidad defraudatoria” a la que llegaban muchos de los beneficios ilegales conseguidos por Urdangarin a través del Instituto Nóos. Los jueces interrogan en su auto a los inspectores fiscales: “¿Los pagos a Aizóon a quién deben imputarse? ¿A la persona física Iñaki Urdangarin o a la entidad que comparte con su esposa?”. Y después de sugerir que hay que aclarar estas zonas oscuras, la resolución judicial profundiza en la supuesta responsabilidad de la hija del Rey: “La Infanta debería saber o conocer que para entonces [marzo de 2006] Aizóon era una sociedad pantalla y que su marido la utilizaba para defraudar a Hacienda. El informe de la Agencia Tributaria orilla por completo toda consideración sobre la posible cooperación omisiva del socio no administrador en los delitos fiscales que atribuye a Urdangarin en Aizóon”.Los magistrados sugieren que la infanta Cristina pudo evitar la actuación irregular de la empresa, cuya propiedad compartía con su marido. “La Infanta tenía el control funcional de la sociedad al ser titular del 50% del capital social, y por tal motivo podría estar en condiciones de impedir la defraudación a la hora de presentar las declaraciones del impuesto de sociedades de los años 2006, 2007 y 2008”. Con estos argumentos, la Audiencia de Palma de Mallorca parece señalar el camino al juez Castro para volver a imputar a la infanta Cristina por delito fiscal y blanqueo de capitales.La decisión de admitir parcialmente los recursos contra la imputación de la Infanta presentados por la Fiscalía y por la Abogacía del Estado se adoptó por mayoría de dos jueces frente a uno.Los 14 indicios que señalaba el juez Castro en su auto de imputación se consideran débiles, inconsistentes y equívocos, con datos “indirectos”. La sala cree que con ellos no se puede formular una acusación penal contra la hija del Rey como supuesta cómplice, cooperadora necesaria en el “plan criminal” para la malversación de caudales públicos y para la prevaricación del que se acusa a Urdangarin y a su exsocio Diego Torres en sus manejos desde el Instituto Nóos con los Gobiernos de Baleares y la Comunidad Valenciana entre 2004 y 2007.El tribunal considera que la Infanta no participó ni redactó los convenios de colaboración de Nóos con los Gobiernos de la Comunidad Valenciana y Baleares, y aunque conoció esos contratos “no hay indicios para concluir que albergase o llegase a alcanzar la creencia de que dichos contratos pudieran ser considerados delictivos ni que su suscripción generase un peligro de malversación”.En esta tesis exculpatoria, Cristina de Borbón figuraba en los papeles de Nóos de manera testimonial, para exhibir la relevancia de ese supuesto instituto sin ánimo de lucro, según la Audiencia. Los magistrados tampoco ven consecuencias penales en un correo electrónico donde Urdangarin cuenta a su socio Diego Torres que la infanta Cristina le ha explicado las gestiones que el Rey estaba haciendo a favor de sus negocios. Ese negocio nunca fructificó y, según los magistrados, no está siendo investigado en el caso Nóos.La Audiencia reprocha al instructor que no extraiga “una conclusión fáctica comprensible y concreta de cuál es exactamente la conducta de colaboración principal o secundaria” de la hija del Rey. Y concluye: “No existen indicios de que la Infanta conociera, se concertase, ni participase activa u omisivamente en el presunto plan criminal urdido por su marido y por su socio”.La sala de la Audiencia, formada por el presidente y ponente Diego Gómez-Reino —progresista—, la magistrada Mónica de la Serna —moderada— y el magistrado discrepante, Juan Jiménez Vidal —progresista— había avalado siempre las decisiones del instructor frente a los recursos presentados contra las mismas. Hasta este martes.El juez instructor José Castro y el fiscal Pedro Horrach, que han discrepado por primera vez a lo largo de esta causa que impulsan a la par, conocían la tradición no intervencionista de la sala y suponían que las cosas iban a quedar como estaban: con la Infanta imputada. No ha sido así. Aunque la decisión, calificada por alguna de las partes como salomónica, casi es un empate. Hay una estimación parcial del recurso del fiscal y dejan al juez la posibilidad de otra imputación por defraudación fiscal. “La imputación queda de momento en suspenso, lo cual no quita que pueda verificarse posteriormente”, señala el auto.El magistrado que firma el voto particular, Juan Jiménez Vidal, en sus 10 folios de réplica al auto de sus compañeros (de 44 páginas) se pregunta cuántas imputaciones había impugnado antes el fiscal y se interrogaba sobre “el principio de igualdad” que, en defensa de la Infanta, vindica el acusador Pedro Horrach.El magistrado Jiménez, favorable a la imputación, defiende la autonomía del instructor para encaminar el proceso y avala buena parte de sus argumentos sobre los indicios de criminalidad sobre la hija del Rey.Por otra parte, la Audiencia emplaza al juez Castro a terminar con la práctica de uno de los imputados, Diego Torres, de aportar por entregas una serie de correos para perjudicar a Urdangarin. La Audiencia reclama al instructor que pida a la defensa de Torres que aporte todos los correos que estime oportunos para sus intereses en un plazo “determinado e improrrogable”.Los magistrados de la Audiencia Provincial de Palma distinguen en el auto que revoca por ahora la citación como imputada de la Infanta entre imputaciones “en caliente” y en frío, y establecen distintos requisitos para una y otra. Por un lado, los jueces aceptan que en nuestro sistema procesal la imputación de una persona “no requiere más que una mínima base indiciaria”. Reconocen que esa es la práctica diaria de los tribunales y dicen que es algo lógico, “dado que el estatus de imputado se conceptúa más como una garantía del sujeto investigado”.Pero, a continuación, los magistrados sostienen que “lo anterior vale y se comprende en situaciones en las que nos encontramos ante una imputación que plásticamente podríamos denominar en caliente o en una fase investigadora inicial, cuando el sospechoso ha sido detenido o existe una denuncia o querella en su contra que ha de serle trasladada”. Según el auto, “en esta inicial fase de investigación tiene más peso el beneficio que comporta el estatuto de imputado que el gravamen de la imputación”.En el caso de la Infanta, la imputación se ha producido con la instrucción ya avanzada. Y, según el auto, “en ese estado del procedimiento, el juicio de imputación exige un mayor esfuerzo motivador tanto respecto a la base fáctica que lo justifique como a la calidad del material indiciario en que se sustenta el llamamiento judicial”. ¿Por qué? Porque, defienden estos jueces, “ya en este momento la carga o gravamen de la imputación es mucho mayor y prevalece sobre la dimensión devaluada que pueda tener la condición de imputado, puesto que si la instrucción está prácticamente agotada o al menos en sus hitos esenciales, las posibilidades de participar en la misma y de ejercer el derecho de defensa ya no resultan factibles”.El voto particular del magistrado Juan Jiménez Vidal sostiene, sin embargo, que este caso no es el de “una imputación tardía”, sino que la citación ha surgido “de unos indicios” a los que el instructor ha accedido “en un momento concreto”. En El Mundo, sobre la misma desimputación: La Audiencia Provincial de Baleares, en el auto que ha dictado para dejar sin efecto la imputación de la Infanta Cristina en el caso Nóos pero dejando las puertas abiertas a su posible encausamiento por presunto fraude fiscal, apunta a que tanto Iñaki Urdangarin como su mujer se habrían beneficiado, como socios al 50% de la mercantil Aizoon, de los ingresos procedentes del Instituto Nóos así como del dinero supuestamente defraudado a Hacienda a través de la empresa de la que ambos eran copropietarios. De este modo, el tribunal de la Sección Segunda deja en suspenso la imputación de la Infanta en relación a posibles delitos fiscales, por cuanto, según recalca, el dinero que de forma presuntamente irregular percibió Aizoon desde Nóos no se quedó en la cuenta de la primera entidad, sino que se destinó a gastos particulares del matrimonio, como la reforma de su vivienda familiar, con su posible "conocimiento del origen ilícito y delictivo" de estos fondos. La Sala incide asimismo en que, si bien la hija del Rey Don Juan Carlos podía desconocer el origen ilegal del dinero público, en cuanto a que "provenía de un delito de malversación o de fraude", lo que resulta "más dudoso" para los magistrados de la Sección Segunda es que la Infanta "desconociera que esos ingresos podían suponer un delito contra la Hacienda Pública" puesto que Nóos, aunque declaraba al fisco, no pagaba el impuesto de sociedades por constar inscrita como sociedad sin ánimo de lucro. El tribunal, que basa sus argumentaciones en un informe aportado al caso por la Agencia Tributaria (AEAT), asevera que éste suscita "zonas oscuras" que en estos momentos hacen "inviable emitir una opinión fundada sobre si la Infanta ha podido cometer o no un delito contra la Hacienda Pública", de modo que insta al juez instructor José Castro a decidir de nuevo sobre la imputación de la Duquesa de Palma respecto a un posible fraude fiscal, no sin antes solicitar a Hacienda a que complemente su informe. Todo ello con el objetivo de "dar respuesta a las cuestiones tributarias que se suscitan y también referidas a un posible blanqueo de capitales", incide la Audiencia, precisando que el propio informe de la AEAT reconoce que es provisional e incompleto, toda vez que "no sólo contiene dudas en cuanto a quién ha de ser el responsable de las irregularidades tributarias, sino que reconoce que la entidad Aizoon es una sociedad pantalla que ha sido constituida con finalidad defraudatoria". Así las cosas, el tribunal asevera que si Aizoon estaba participada al 50% por la Infanta, "no era más que una pantalla" y se constituyó "con una finalidad defraudatoria", no se entiende que sólo atribuya la defraudación a uno de los socios (a Urdangarin)."No se comprende que la AEAT haya prescindido de considerar la actuación cooperadora del socio no administrador [la Infanta] respecto del delito contra la Hacienda Pública", añaden los magistrados, señalando que la Infanta "debería saber o conocer que Aizoon era una sociedad pantalla y que su marido la utilizaba para defraudar a Hacienda", tanto en lo que al impuesto de sociedades se refiere como respecto al IRPF, y que "se ha enriquecido con contratos ilegales y dinero público por facturas giradas por Aizoon a Nóos". Es más, recalcan que aunque Urdangarin era el administrador de Aizoon, su mujer tenía el control funcional de la sociedad al ser titular del 50% del capital social, motivo por el que "podría estar en condiciones de impedir la defraudación" a la hora de presentar las declaraciones del impuesto de sociedades de los años 2006, 2007 y 2008. De acuerdo con este planteamiento, el tribunal recalca que a partir de marzo de 2006 -cuando la Infanta dejó la junta directiva de Nóos, de la que era vocal- o meses antes "ya debería saber que Aizoon no era una sociedad de profesionales y que ella y su marido la utilizaban para defraudar". Así, sostiene que, como socia de la mercantil y "teniendo posibilidad de controlar la gestión, pudo haber convocado Junta de la sociedad y revocado poderes a su marido o pedido que se regularizase la situación tributaria". "Pero no lo hizo y Aizoon recibió dinero público y privado defraudado sociedades -se desgravaron gastos y amortizaciones no deducibles- e impuesto sobre la renta", señala. En el marco de esta causa, los investigadores apuntan a que el Duque "interpuso" esta mercantil para facturar "ciertos servicios de carácter personalísimo", como el servicio doméstico, que nada tenían que ver con la actividad de la inmobiliaria, todo ello con el objetivo de reducir su propia tributación en la declaración del IRPF. Y es que en un extenso informe al que tuvo acceso Europa Press, la Agencia Tributaria señala cómo durante 2007 y 2008, ejercicios en los que Urdangarin habría defraudado a Hacienda al menos 240.000 euros, utilizó Aizoon como "pantalla" para tributar gastos como los de su propio servicio doméstico o los de su asistenta personal, con el objetivo de beneficiarse de un tipo impositivo inferior, el aplicado a las sociedades.

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