lunes, 16 de agosto de 2010

EL VIERNES, LEY DE TRANSPARECENCIA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, CON LAS CORRESPONDIENTES EXCEPCIONES. NOVEDADES DE LOS SECUESTRADOS EN MAURITANIA

EL DERECHO DE LOS CIUDADANOS A SABER.- Ésta norma legal que se nos anuncia ahora dará mucho que hablar, con toda probabilidad. Nada menos que una ley que garantizará a todos los ciudadanos el derecho a saber. El anteproyecto de ley de Transparencia y Acceso de los ciudadanos a la Información Pública, está previsto que se apruebe ya este próximo viernes, según avanza el diario El País, que también proporciona detalles sobre el alcance de la futura norma, largamente esperada y prometida. Cualquier ciudadano ha comprobado hasta qué punto el poder se resiste a compartir una información que le interesa –a ese ciudadano concreto, a todos los ciudadanos- , como si fuera de su propiedad y no perteneciera al conjunto de los ciudadanos, que la sufragan con sus impuestos. Menciona El País el caso de los diputados valencianos que han llegado hasta el Constitucional ante la negativa del PP a informarles sobre los contratos del Gobierno de Camps con la trama Gürtel, algo que no es una excepción, por cuanto los poderes públicos suelen reaccionar con incomodidad ante la demanda de información. En el peor de los casos, la ven como una intromisión y, en el mejor, como un engorro. Cualquier pretexto sirve para dar largas al ciudadano, cuando no la callada por respuesta. Pues bien, esta situación deberá cambiar radicalmente cuando el año próximo entre en vigor la Ley de Transparencia y Acceso de los Ciudadanos a la Información Pública, cuyo anteproyecto se propone aprobar el viernes el Gobierno, en su primera reunión tras las vacaciones. Según el avance del proyecto que proporciona el diario, en casos complejos, la resolución podrá demorarse hasta un máximo de 60 días. La Agencia de Protección de Datos dirimirá en caso de discrepancia. Los concesionarios de servicios públicos también tendrán que facilitar datos. Los Ayuntamientos deberán entregar copias de sus acuerdos… Son algunas de las “recetas” que contendrá esta novedosa y hasta revolucionaria norma que, por vez primera en España, y con carácter general, reconocerá "el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública". El texto, cuya elaboración ha sido coordinada por la vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, parte del reconocimiento del derecho constitucional a saber. Por tanto, no es el ciudadano quien debe justificar su interés en conocer un dato, sino que es la Administración la que debe explicar su negativa a facilitárselo. El anteproyecto, al que ha tenido acceso el periódico de la exclusiva, considera información pública toda aquella que haya sido "elaborada o adquirida por los poderes públicos en el ejercicio de sus funciones y que obre en su poder". Es decir, no sólo la que tienen las distintas administraciones (central, autonómica o local), sino también la que posean "otras entidades o sujetos que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas [desde empresas de recogida de basuras a universidades], siempre que haya sido obtenida o generada en el ejercicio de su actividad pública". Y no se trata únicamente de documentos, sino de la información en sí, cualquiera que sea su soporte. Para que el derecho de acceso sea efectivo y la información no pierda actualidad, el anteproyecto fija plazos taxativos a la hora de responder a los ciudadanos. El órgano al que se dirija la demanda deberá responder en un máximo de 30 días. Sólo "cuando el volumen o complejidad de la información solicitada hagan imposible cumplir dicho plazo", éste se podrá ampliar 30 días más, de lo que se advertirá al demandante en los 10 días siguientes a la presentación de su solicitud. La resolución se comunicará por escrito al solicitante, al que se indicará cómo acceder a la información. En caso de que se rechace, parcial o totalmente, el acceso, habrá que explicar la razón. Las administraciones deberán abandonar su habitual pasividad, pues, una vez agotado el plazo para dictar resolución -30 ó 60 días, según el caso- sin que ésta se haya producido, el solicitante tendrá 10 días para confirmar su demanda. Si 30 días después de dicha confirmación sigue sin haber respuesta, la petición se considerará aceptada. Se aplica así el silencio positivo, en vez del negativo, como sucede hasta ahora. El ciudadano que vea rechazada su solicitud puede, lógicamente, interponer ante los tribunales un recurso contencioso-administrativo pero, consciente de que se trata de una vía lenta y costosa, el anteproyecto prevé la figura de un árbitro que resuelva con agilidad y prontitud las discrepancias. Este papel corresponderá a la Agencia Española de Protección de Datos, que alargará su nombre con la coletilla "y Acceso a la Información". El organismo, que vela porque los ficheros de datos respeten la intimidad de los ciudadanos, se encargará también de garantizar el derecho de acceso a la información pública. Las administraciones no se limitarán a contestar las demandas de información, sino que deben adelantarse a difundirla. "Los poderes públicos facilitarán la información cuya divulgación resulte de mayor relevancia para garantizar la transparencia de su actividad", dice el texto. Y en la era de Internet lo harán "preferentemente por medios electrónicos".El Gobierno reconoce que el nivel de transparencia y la facilidad de acceso a la información pública se consideran internacionalmente como un "indicador de la calidad de los sistemas democráticos". No sólo sirve para combatir la corrupción, sino también la mala gestión y la ineficacia. Pese a ello, ha tardado seis años en cumplir una promesa que ya figuraba en el programa electoral de 2004. En este campo, al contrario que en otros como la igualdad de género o el matrimonio homosexual, España está en el furgón de cola. La mayoría de los países europeos tienen una ley de transparencia y el Consejo de Europa aprobó en noviembre de 2008 el Convenio para el Acceso a Documentos Oficiales en el que, en buena medida, se inspira el anteproyecto.
Será como entrar en “la quinta dimensión”. En un mundo nuevo largamente esperado…
EXCEPCIONES A LA LEY DE TRANSPARECENCIA.- Naturalmente, el derecho a saber de los ciudadanos tiene sus propias limitaciones y salvedades, según se encarga de poner de relieve el proyecto de ley que aprobará el Gobierno el viernes próximo, en su primera reunión tras el descanso de agosto. En efecto, el anteproyecto de ley de Transparencia consagra el principio de acceso universal a cuanta información elaboren y posean los poderes públicos, pero lo matiza con una larguísima lista de excepciones, como también se ha encargado de relatar el periódico que facilita la primicia informativa, El País, que enumera, detalla y explica todas esas excepciones a la norma:
- Se excluye del derecho de acceso "la información en curso de elaboración o publicación general, la que requiere una previa reelaboración y, en general, la meramente auxiliar y de apoyo para el ejercicio de la actividad pública, como notas, borradores, opiniones, resúmenes, informes y comunicaciones internas, que no tienen carácter oficial y no se destinan a formar parte de un expediente".
- El derecho de acceso podrá ser limitado cuando "pudiera resultar un perjuicio para la seguridad nacional y la defensa; las relaciones exteriores; la seguridad pública; la prevención, investigación y sanción de las infracciones penales, administrativas o disciplinarias; las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control; los intereses públicos económicos y comerciales; la integridad de los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva; la garantía de confidencialidad prevista por las leyes o el secreto requerido en procesos de toma de decisión; la garantía de los derechos constitucionales, incluido el secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial; y la vida privada y los intereses particulares legítimos". Estas limitaciones coinciden, en líneas generales, con las previstas en el convenio del Consejo de Europa de 2008, aunque van más allá de las previstas en el programa electoral del PSOE, que solo aludía a la necesidad de respetar la legislación de secretos oficiales y la de protección de datos personales. El anteproyecto puntualiza que estas limitaciones "serán proporcionadas [...] y se aplicarán a menos que un interés público superior justifique la divulgación de la información".
- Se denegará el acceso a toda información "que contenga datos íntimos o que afecten a la vida privada", salvo que lo autorice expresamente el afectado. Se consideran datos íntimos "los referidos a la ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial, salud y sexualidad". En cambio, se facilitará aquella información que contenga datos personales no íntimos cuando la misma esté "directamente vinculada con la organización, funcionamiento y actividad pública del órgano o entidad al que se solicite". Un ejemplo sería la composición de sus órganos directivos.
- Se prevé la posibilidad de permitir el acceso parcial a la información solicitada, omitiendo la parte vedada, "salvo que de ello resulte una información distorsionada o carente de sentido". Y también, cuando sea posible, se facilitará la información dando carácter anónimo a sus protagonistas y evitando datos identificativos.
- Si la información solicitada afecta a terceras personas, se les dará traslado de la petición para que, en un plazo de 20 días, aleguen si están conformes con permitir dicho acceso, aunque sin revelarles la identidad del solicitante. Los afectados, igual que los solicitantes de la información, podrán recurrir contra la resolución que lo permite o deniega.
- No se admitirán aquellas peticiones que se refieran a "información excluida del derecho de acceso" o que no esté en poder del órgano al que se le reclame; aunque este, si conoce quién la tiene en su poder, deberá remitirle la solicitud, dando cuenta de ello al solicitante. También se rechazarán las peticiones que "se consideren abusivas por su carácter manifiestamente irrazonable o repetitivo, que no esté justificado por la finalidad de transparencia". Aunque no lo especifica, el texto parece aludir a la petición de datos para explotarlos con fines comerciales.
- La ley no se aplica a la información generada "por los órganos del poder legislativo o judicial", que se rigen por sus propias normas (Reglamento del Congreso y Senado o Ley del Poder Judicial). Tampoco al Tribunal Constitucional, el Consejo del Poder Judicial y el Tribunal de Cuentas.
- Se regirá por su propia normativa el acceso a los secretos oficiales; registro civil; registro de la propiedad; registro central de penados y rebeldes; estadística pública; censo electoral; padrón municipal; información sanitaria y, "en general, aquellas materias que tengan un régimen legal específico de acceso a la información".
El refrán de “hecha la ley, hecha la trampa” tiene, en esta larga relación de excepciones, una demostración bien evidente…
PRUEBAS DE VIDA DE LOS SECUESTRADS EN MAURITANIA.- Las familias de Albert Vilalta y Roque Pascual, secuestrados en noviembre en Mauritania junto con la ya liberada Alicia Gámez, han recibido una prueba de vida y alguna llamada telefónica de los dos cooperantes catalanes en los últimos días, según ha explicado el director de la ONG Barcelona Acció Solidària, Francesc Osan. En declaraciones a RAC1, que ha distribuido la edición digital de El Mundo este lunes, Osan señaló: "Sabemos que las familias han podido ver una fe de vida de los secuestrados", y añadió que se ha hablado tantas veces de una liberación inminente que ya no hacen caso a estas noticias. Desde la puesta en libertad de Gámez, señaló, el Gobierno español no ha contactado con la ONG y no les considera interlocutores. "Hemos intentado varias veces hablar con ellos, por teléfono, por correo electrónico o por SMS, pero tampoco ha habido opción", agregó. Osan indicó que el Gobierno sí está en contacto con las familias, y son ellas quienes informan a Barcelona Acció Solidària sobre el estado de salud de los secuestrados, de quienes dijo que les ha llegado la noticia según la cual "están bien". Según Osan, las familias confían "plenamente" en el Gobierno, que son quienes están negociando. "O tienes fe en ellos o no tienes fe en nadie", indicó. Sobre el estado de salud de Gámez, afirmó que se está recuperando "poco a poco", pero que no acabará de recuperarse del todo hasta que vuelvan sus dos compañeros. Osan se refirió también al principal condenado por el secuestro, Sid'Ahmed Ould Hamma, alias Omar Sahraoui, y dijo que su extradición a Mali podría favorecer el intercambio porque "Mali podría ser más flexible que Mauritania". La semana pasada el tribunal de apelaciones de Nuakchot confirmó la sentencia de 12 años de cárcel con trabajos forzados para Omar Sahraoui. Los tres cooperantes fueron secuestrados el pasado 29 de noviembre en Mauritania por Al Qaeda en el Magreb Islámico (AQMI).
Pronto hará un año, en efecto, del secuestro, y nada permite suponer que la liberación esté “a punto”. Se han producido algunos acontecimientos, como la intervención francesa contra otro grupo de secuestradores de la misma organización en Mauritania., que no acabó precisamente de manera feliz. También se han producido detenciones y condenas de otros secuestradores que, asimismo, es improbable que ayuden a completar “un momento adecuado” en el que pudiera producirse la liberación de los dos retenidos. Desde el Gobierno, en contadas ocasiones se ha proporcionado la noticia de que los secuestrados se encuentran bien, y que las negociaciones para su libertad se producen sin pausa, pero con las dificultades de un lugar alejado y con escasa relación con el resto del mundo. Tampoco se había vuelto a saber nada, hasta esta comunicación de ahora, de la tercera de las personas secuestradas en el grupo de cooperantes barceloneses, Alicia Gámez, de quien se contó, apenas libertadas, que se había convertido al islamismo. Ahora se asegura que “se está recuperando poco a poco”, lo que permite deducir que ha estado delicada de salud, tras el tiempo y las circunstancias de su secuestro.

No hay comentarios: