EL SUPREMO, CONTRARIO A LEGALIZAR SORTU
Tras escuchar a las partes en sesión abierta, y tras larga deliberación de casi diez horas, la Sala del 61 del Tribunal Supremo acordó, en la noche del miércoles, estimar las demandas de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía contra la inscripción de Sortu en el registro de partidos políticos. En estas deliberaciones, los jueces han considerado que Sortu es un proyecto político de la izquierda abertzale que, pese a su legítima ideología, es heredero de la ilegal Batasuna y no se ha desvinculado de ETA, pese al intento aparentar lo contrario en los estatutos presentados en el Ministerio del Interior, en los que Sortu "rechaza" la "violencia" de ETA, cuyas acciones, que no califica de terroristas, no condena. La decisión de los 16 magistrados de la Sala 61 del Supremo no ha sido unánime. Los tres votos particulares discrepantes, sin embargo, no impedirán a Sortu comparecer en el proceso electoral de mayo, puesto que la tramitación del recurso de amparo que puede interponer en el Tribunal Constitucional se prolongará previsiblemente más allá de los comicios. De hecho, esos tres magistrados que se han descolgado de la decisión mayoritaria y han emitido votos discrepantes, entienden que no hay elementos suficientes para declarar ilegal a Sortu.. Pero prevaleció la idea de apoyar las demandas del Gobierno y del ministerio fiscal y denegar la inscripción de Sortu como partido político, al considerar que sólo persigue continuar la continuación de las actividades de la ilegal Batasuna Ahora, y tras el rechazo de la inscripción, Sortu puede acudir en amparo ante el Constitucional, pero difícilmente su recurso podrá verse antes del 18 de abril, fecha de la proclamación de candidaturas para las elecciones municipales del 22 de mayo. Se trata de un recurso de amparo ordinario, no electoral, por lo que no tiene tramitación preferente y, en principio, puede tardar meses. Y cabe recordar que ésta es la octava vez que esta sala ilegaliza una marca electoral de la izquierda abertzale.
Conocidos los alegatos de defensa de Sortu elaborados por el abogado Iñigo Iruin, un grupo de magistrados era de la opinión de que no cabe denegar la inscripción de Sortu desde la perspectiva del Derecho Constitucional, como el propio Iruin dijo, porque : "desvirtuada la presunción de continuidad de Sortu [como marca de Batasuna], nace la presunción de constitucionalidad. Por tanto, los estatutos [del partido] responden materialmente al canon de legalidad ordinaria y constitucional"., una presunción que abonaría que los tres magistrados se separaran de la mayoría y se pronunciaran a favor de la inscripción. Iruin, en su informe en la vista oral, insistió también en que, tras el atentado de la T-4, se produjo un debate en el seno de la izquierda abertzale que habría concluido con el rechazo de los planteamientos violentos de ETA, e insistió en que con Sortu no había "vuelta atrás". "ETA hará lo que quiera, pero los cargos de Sortu están comprometidos en contra de la violencia", aseguró. Sin embargo, la mayoría de los magistrados Supremo acogieron dieron su apoyo a las tesis del Gobierno, representado por el abogado del Estado y la fiscalía, en el sentido de que Sortu, promovido por la izquierda abertzale, fue diseñado específicamente para concurrir a las elecciones municipales rodeado de "un ropaje formal y de apariencia de legalidad" para tratar de superar el trámite de su inscripción en el Registro de Partidos. Por ello, el Supremo acepta que el "alejamiento táctico de la violencia" desplegado por Sortu y que su rechazo del terrorismo sería "cosmético, retórico e instrumental", tal y como arguyeron los demandantes. O de otro modo, que Batasuna habría vuelto a intentar concurrir a unas elecciones utilizando, en fraude de ley, los requisitos formales requeridos para la inscripción de un partido, pero sin intención de cumplirlos una vez legalizada la nueva formación. Ahora, el borrador de resolución del Supremo queda a cargo del ponente, el magistrado Carlos Lesmes. De entrada, la deliberación se presentaba como una de las más dificultosas de las habidas hasta ahora, debido al déficit probatorio y al poco tiempo con que han contado los demandantes para encajar la inscripción de un partido nuevo y con unos estatutos pensados para sortear la Ley de Partidos, como heredero de Batasuna.
No ha sido posible, y ahora el mundo abertzale tendrá que para a su “plan B” para estar, del ,modo que sea, en las elecciones. Y el Estado, con todas sus fuerzas, deberá esforzarse para evitar esta intromisión...
jueves, 24 de marzo de 2011
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