lunes, 20 de agosto de 2012

BENEVOLENCIA PARA LOS HUIDOS Y MANO DURA PARA LOS NUEVOS TERRORISTAS


Prisión perpetua revisable (mínimo, 30 años), desde el mes que viene
En materia de lucha contra el terrorismo etarra, está visto que no todo está ya visto, ni mucho menos. Si este domingo aseguraba el diario El País, que el Ministerio del Interior quiere ofrecer a los miembros huidos de la banda terrorista ETA la posibilidad de volver a España, siempre y cuando se desvinculen de la organización., y que, en principio, aquellos reclusos sin procedimientos judiciales abiertos, sobre los que no exista una orden de busca y captura, si dieran el paso de alejarse de ETA, podrían volver sin temer que se les impute un delito de pertenencia a banda armada, este lunes, en cambio, el diario La Razón anuncia la cara más áspera de la mucha lucha contra ETA: empieza recordando lo que ya anunció, recién aterrizado en el Ministerio del interior, el ministro Ruiz Gallardón, a saber, la muy probable instauración de la prisión permanente revisable para delitos de especial gravedad, «supuestos muy restringidos» que hayan alcanzado «el máximo grado de repulsa social», aunque en aquel momento del anuncio Gallardón no concretó los mismos ni, por tanto, a quiénes se les podría imponer tales penas. Sí lo hizo poco después, en el transcurso de un desayuno informativo, cuando ya especificó que esa medida sólo se aplicará como «mecanismo  excepcional» para delitos de terrorismo de especial gravedad. Pues bien, según esta nueva información sobre el asunto, esa modificación se incluirá en la reforma del Código Penal, cuyo borrador de anteproyecto llevará Justicia al Consejo de Ministros el próximo mes de septiembre, según confirmaron fuentes próximas al Departamento que dirige Ruiz-Gallardón al diario mencionado. Sin embargo, ello no significará que la prisión permanente revisable pueda aplicarse de inmediato a los etarras que cometiesen delitos de especial gravedad, ya que antes debe pasar el texto por un recorrido de informes y posibles modificaciones, antes de que inicie su trámite parlamentario para  debatirse en el Congreso y Senado. Y, en todo caso, nunca se podía aplicar con carácter retroactivo. Pero el titular de Justicia tiene muy claro, dice La Razón, que los etarras deben saber que si deciden volver a las armas y sesgar vidas inocentes, van a tener un horizonte mucho más complicado y difícil que hasta ahora. Y es que quienes cometan ese tipo de acciones, sean detenidos y condenados a la pena de prisión permanente revisable, tendrán que pasar entre rejas varias décadas antes de que se evalúe su situación y comprobar si están reinsertados y alejados del terrorismo para que puedan volver a vivir en sociedad. En concreto, según las citadas fuentes, en el nuevo Código Penal se establecerá un plazo mínimo de 30 años que tendrán que cumplir quienes sean condenados a la pena de prisión perpetua revisable; de forma que el hecho de, por ejemplo, firmar una carta en la que se «arrepientan» de sus acciones criminales y pedir perdón a sus víctimas no va a suponer un acortamiento de su tiempo de privación de libertad, no al menos hasta pasar esos 30 años en la cárcel. Será a partir de entonces cuando se «revise» su situación y se compruebe si está completamente rehabilitado y ha abandonado sus vínculos con la banda terrorista. Si recibe un pronóstico «favorable», se le podrá conceder la libertad, pero si es «desfavorable» deberá esperar en prisión otro tiempo hasta que se vuelva a estudiar su situación. Se trata de una medida, según señaló Ruiz-Gallardón durante su comparecencia en el Senado,  «excepcional» y «revisable». «Excepcional –dijo–, pues se reservará a supuestos muy restringidos (exclusivamente los de especial gravedad terrorista), y revisable, porque asume los fines de rehabilitación del reo y su reinserción social».

Una vez que el Consejo de Ministros dé luz verde al texto que presentará el ministro Ruiz-Gallardón, el anteproyecto se remitirá al Consejo General del Poder Judicial y  a la Fiscalía General del Estado para que emitan los preceptivos informes y realicen las sugerencias oportunas. Posteriormente, el Ministerio de Justicia decidirá si incorpora algunas modificaciones y llevará al Consejo de Ministros el texto definitivo, que será el que se debata en las Cámaras. Lo previsible es que, tras su aprobación, se establezca un periodo de «vacatio legis» en el que no se aplicarán las modificaciones.
De manera que vemos los dos aspectos de la acción del Gobierno contra el terrorismo: De un lado, la “mano blanda” con quienes deseen reintegrarse en la sociedad y de otra parte, el propósito de disuadir a quienes pudieran proyectar dedicarse a esa actividad del terrorismo, en la que se pretende iniciar una etapa nueva y diferente.
En el periódico que se cita se reproducen los argumentos jurídicos que ya en su momento se utilizaron cuando surgió esta posibilidad. Se recuerda, por ejemplo, que el Tribunal Constitucional ya dejó claro que el incremento de tiempo de un recluso en prisión no es incompatible con el fin constitucional de reinserción social. Lo hizo en la sentencia que avaló la «doctrina Parot», en la que afirmaba firma que la regulación penitenciaria cuenta con un elenco de medidas, a través de una «individualización científica» que favorecen y posibilitan la reinserción si la conducta  del preso y su evolución muestra que se halla en condiciones de rehacer su vida en libertad. Y reproduce también los datos de una encuesta sobre el particular: Nada menos que el 81% de los españoles apoya sin reservas la cadena perpetua para los condenados por delitos terroristas graves. El respaldo a esta medida es muy amplio en todas las franjas de edad, especialmente entre los jóvenes de 18 a 29 años, de los que el 91,3% está a favor. La encuesta de La Razón refleja que tan solo el 10,2% de los ciudadanos se opone a esta condena. Y de nuevo los más jóvenes son los más destacados: sólo el 4,3% se opone a la cadena perpetua.
Por otro lado, y según anuncia este lunes el diario El País, la Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional se este martes próximo para resolver la petición de libertad de una veintena de etarras a los que se había alargado sus condenas a 30 años de cumplimiento efectivo de prisión en aplicación de la llamada “doctrina Parot”. Estos terroristas han pedido la libertad tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que hace un mes estableció que la citada doctrina, al prorrogar la prisión a la etarra Inés del Río Prada, vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Esta es la primera vez que se ha pedido al Constitucional que aplique directamente la sentencia de Estrasburgo (Francia). Recuerda el periódico que la Sala de Vacaciones del Constitucional, que se reúne para resolver los asuntos pendientes durante el mes de vacaciones judiciales, estará integrada por el presidente del alto tribunal, Pascual Sala; el vicepresidente, Ramón Rodríguez Arribas, y el magistrado Pablo Pérez Tremps. La petición de libertad de la veintena de etarras, formulada por su abogado, Íñigo Iruin, es el único punto que abordará el Tribunal en su reunión de mañana. Y cabe recordar que el Tribunal Constitucional ya resolvió el pasado mes de marzo los primeros 31 recursos de condenados a los que se había aplicado la doctrina Parot, la mayoría de ellos miembros de ETA condenados por delitos de sangre. El alto tribunal amparó a tres etarras, no admitió a trámite otros tres recursos y rechazó los 25 restantes, de ellos, 21 de presos de ETA. Una segunda sentencia ratificó en junio la doctrina Parot para otros dos presos etarras y amparó a un tercero, Peio Etxebarria. En total, fueron 23 los reclusos etarras a los que el Constitucional confirmó la aplicación de la doctrina Parot, todos los cuales tienen ya expedita la vía al Tribunal de Estrasburgo.  La doctrina, que toma su nombre del sanguinario etarra Henry Parot, fue establecida por el Tribunal Supremo en sentencia de 28 de febrero de 2008. El Supremo estableció un nuevo cómputo de los beneficios penitenciarios indicando que en lo sucesivo, las redenciones de pena no debían descontarse del límite máximo de 30 años, sino sucesivamente de cada una de las condenas impuestas, hasta que el preso cumpliese efectivamente los 30 años en prisión. La doctrina fue aplicada a más de 80 presos de ETA. Sin embargo, en marzo quedaron sin resolver otra veintena de recursos que estaban en trámite y pendientes de sentencia en la Sala Primera, a los que ahora el abogado Íñigo Iruin ha pedido que se aplique la sentencia de Estrasburgo dictada en el caso de la etarra Inés del Río, para que salgan en libertad. Recuerda El País que cuando el Constitucional se pronunció sobre la doctrina Parot lo hizo sobre la forma en que ésta había sido aplicada por los tribunales, pero no sobre su viabilidad. El Constitucional explicó que la doctrina Parot era una cuestión de legalidad ordinaria, en la que le estaba vedado entrar, por lo que solo amparó a los cuatro únicos casos en los que dicha doctrina se había aplicado retroactivamente. Pero el pasado 10 de julio, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, dictó la primera sentencia de fondo sobre la doctrina Parot en el caso “Inés del Río contra España”. La terrorista del comando Madrid,condenada a más de 3.000 años de cárcel por múltiples asesinatos, entre ellos los de 12 jóvenes guardias civiles en la masacre de la Plaza de la Republica Dominicana de Madrid, debía haber salido de prisión el 3 de julio de 2008, tras 18 años de cumplimiento ininterrumpido. Pero al aplicársele la doctrina Parot, se retrasó su salida hasta 2017. Tras examinar su recurso, el Tribunal de Estrasburgo tumbó la doctrina Parot al entender que el nuevo cómputo de las penas establecido por el Supremo en 2006 tuvo un “impacto decisivo” en el alargamiento en casi nueve años de la condena a Del Río, y que dicho cómputo se aplicó retroactivamente en su perjuicio. El tribunal pidió a España “la puesta en libertad de la demandante” y que indemnizase a Inés del Río con 30.000 euros en concepto de daños. El TEDH declaró que España vulneró el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en cuanto establece que “nadie puede recibir una pena más elevada que la que le era aplicable al delito en el momento de su comisión”. También declaró la violación del artículo 5.1 del Convenio, en el sentido de que la prórroga de la prisión fue “irregular”. El TEDH condenó a España a indemnizar a Inés del Río con 30.000 euros por daños morales y abonarle 1.500 más de costas. Además, declaró que la etarra debería ser excarcelada inmediatamente. España, sin embargo, ha hecho caso omiso del fallo y en su lugar, ha anunciado que, en septiembre, recurrirá a la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo, integrada por 17 jueces. Y mientras no se pronuncie este tribunal, la sentencia del caso de Inés del Río no es firme. Y ese pudiera ser uno de los argumentos que baraje el Constitucional en su pronunciamiento de mañana: que al no ser firme todavía la sentencia del caso Inés del Río, habrá que esperar al pronunciamiento de la Gran Sala de Estrasburgo antes de aplicarla a una veintena de etarras. Aunque no ha trascendido la relación de casos que examinará el Constitucional, entre los recurrentes que están pendientes de resolución figuran algunos muy conocidos como José Antonio López Ruiz, Kubati, condenado por el asesinato de la dirigente etarra Yoyes, y Santiago Arróspide Sarasola, Santi Potros. También puede estar en la relación la propia Inés del Río que tiene pendiente en el Constitucional un recurso por aplicación de la doctrina Parot. Y es que su primer recurso fue inadmitido por el Constitucional por falta de contenido, lo que le abrió la vía a Estrasburgo en la sentencia que ahora le ha dado la razón. Pero mientras el TEDH se pronunciaba, la etarra volvió a impugnar la aplicación de la doctrina Parot ante la Audiencia Nacional, en un recurso que fue rechazado, por lo que Del Río acudió de nuevo al Constitucional que, esta vez sí, lo admitió a trámite…
Mucha jurisprudencia, como se ve, en materia de terrorismo y terroristas, que llega este lunes a grandes titulares de prensa: El Gobierno aprobará la prisión perpetua para terroristas en  septiembre, cuenta La Razón… En El País: El Constitucional delibera si 20 etarras quedan libres tras el fallo de Estrasburgo. El PSOE apoya el plan para terroristas huidos.  Dice El Mundo que Interior usa un plan de Patxi López parta que los huido de ETA vuelvan al país. Y que Interior y Fiscalía clasifican a los etarras huidos para su reinserción. También en La Vanguardia: Interior prepara un plan para facilitar el retorno de etarras fugados. Unos 300 podrían beneficiarse. Según La Gaceta, la reinserción de etarras huidos dejará sin resolver 314 crímenes. Y en ABC, se asegura que víctimas de ETA ponen en cuestión los informes médicos de Bolinaga y cuestionan que los análisis a los presos se hagan siempre en el País Vasco. 

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